Enviado por: Anónimo
Fecha: Marzo 05, 2010.
Se estan ampliando en la construcción de su departamento y quitaron areas verdes para hacerlo,asi mismo quieren quitar un arbol que esta en otra area verde para ampliarse. ¿es posible que lo puedan hacer? aun perjudicando las areas verdes. Esto es en el inmueble ubicado en la calle de rosario número 32 colonia centro delegación venustiano carranza, entre las calles de corregidora y plaza san lazaro
:::::::::::::::::::::::::::
Ciudadanos en red ha recibido una segunda respuesta a tu denuncia enviada al CESAC. A continuación te enviamos esta respuesta:
La Delegación Venustiano Carranza agradece su visita a nuestra página y le informamos a través del Centro de Servicio y Atención Ciudadana, que su solicitud debe presentarse en las instalaciones de la Procuraduría Social ubicada en Colima No.161 Col. Roma, tel: 55-64-68-84 ya que como lo indica el Art. 23 de a la Ley de La Procuraduría Social del Distrito Federal es la oficina competente como a continuación se indica en sus respectivos apartados.
Artículo 23.- La Procuraduría tendrá competencia en el Distrito Federal, y sus atribuciones son las siguientes:
A. En materia de atención ciudadana, orientación y quejas;
I. Ser instancia del Gobierno del Distrito Federal para atender las quejas e inconformidades que presenten los particulares, por actos u omisiones de las autoridades de la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que todas las unidades administrativas receptoras de quejas deberán canalizarlas a la misma para su seguimiento y solución;
II. Orientar gratuitamente a la ciudadanía en general, en materia administrativa, jurídica, social e inmobiliaria, y en asuntos relacionados con trámites relativos a desarrollo urbano, salud, educación y cualquier otro servicio público.
III. Recibir y tramitar las quejas de la ciudadanía relativas a la prestación de los servicios públicos a cargo de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, o de concesionarios o permisionarios;
IV. Requerir la información necesaria para el trámite de las quejas e instrumentar las investigaciones pertinentes ante las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, que corresponda;
V. Realizar estudios y consultas, foros o encuentros ciudadanos, sobre la problemática y repercusión social que tienen las acciones y programas de la Administración Pública del Distrito Federal, tomando como referencia las quejas presentadas por los particulares ante la Procuraduría;
VI. Conciliar conforme a derecho, el interés particular de los quejosos afectados por actos de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal con el interés general de la sociedad; y
VII. Implementar programas especiales de atención a grupos vulnerables, asesorándolos para la defensa de sus derechos.
B. En materia Condominal:
I. Orientar, informar y asesorar a los poseedores o adquirientes de vivienda en lo relativo a la celebración de actos jurídicos que tiendan a la adquisición y a la administración de inmuebles si se trata de régimen en condominio.
II. Asesorar, opinar y procurar el cumplimiento de la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condómino de Inmuebles para el Distrito Federal, el Reglamento interno de los condominios, de las escrituras constitutivas o traslativas de dominio; así como de los acuerdos tomados en asambleas, cuando así se lo soliciten las partes interesadas;
III. Registrar los nombramientos de los Administradores de los condominios en el Distrito Federal en los términos de la normatividad aplicable y expedir copias certificadas de las inscripciones respectivas;
IV. Autorizar los libros de asambleas de condóminos del Distrito Federal y llevar su registro;
V. Orientar y capacitar a los condóminos, en la organización de asambleas generales o de grupo, que se celebren de conformidad a la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, a petición de éstos, del administrador o del comité de vigilancia y asistir a las mismas en calidad de asesores;
VI. Sustanciar los procedimientos administrativo, conciliatorio o arbitral, en las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, del Reglamento Interno, de las escrituras Constitutivas o de las traslativas de dominio, de los acuerdos tomados en asambleas, y de las demás disposiciones legales aplicables, cuando así lo soliciten las partes interesadas.
VII. Las demás que le otorguen la ley sobre el Régimen de Propiedad en Condómino de Inmuebles para el Distrito Federal y otros ordenamientos jurídicos.
VIII. Aplicar los medios de apremio previstos en esta Ley y las sanciones administrativas conducentes, previa substanciación del procedimiento administrativo, previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
C. En materia de recomendaciones y promoción del cambio administrativo:
I. Formular sugerencias de carácter interno a la autoridad en materia administrativa y de servicios públicos, previas a la recomendación pública, con base en el análisis de las quejas presentadas por la ciudadanía y los sondeos de opinión realizados por la Procuraduría;
II. Emitir recomendaciones debidamente fundadas y motivadas, a los titulares de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, como resultado de la investigación de las quejas presentadas por la ciudadanía;
III. Difundir y publicar las recomendaciones emitidas, a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal y los medios de comunicación; y
IV. Elaborar estudios, encuestas y sondeos de opinión para sugerir las reformas o modificaciones a los procedimientos administrativos, con el fin de lograr su simplificación y la mejor atención a la ciudadanía.
D. En materia social y afines:
I. Conciliar e intervenir en las controversias que se susciten entre las autoridades y la ciudadanía con motivo de la aplicación de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal;
II. Participar en la asesoría y orientación ciudadana respecto a todos los servicios públicos que, en virtud del programa de descentralización nacional y por disposición legal, se transfieran al gobierno del Distrito Federal, como son los relativos a la salud y la educación;
III. Establecer una adecuada concertación con las asociaciones civiles y agrupaciones privadas que realizan funciones de asesoría y gestoría social, celebrando para tal efecto los convenios e instrumentos legales que sean necesarios para la eficaz atención de los asuntos que reciban;
IV. Intervenir en todos aquellos asuntos de interés social que por su naturaleza correspondan a la Procuraduría, e incidan en la relación administrativa de la ciudadanía con los diversos órganos del Gobierno del Distrito Federal;
V. Conciliar los intereses entre particulares, grupos sociales o entre estos y las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal a petición de parte, y en su caso, proporcionar la orientación necesaria a efecto de que los interesados acudan a las autoridades correspondientes, con el fin de fomentar la sana convivencia y el mayor beneficio social.
Para cualquier duda o aclaración al respecto ponemos a sus órdenes los Tel. TEL.57-64-24-75, 55-52-37-00 y 55-52-71-94
Atte.
Norma Mendoza Pinto. de 9: 00 a 15:00
Judith López Solís de las 15:00 a las 20:00
Que tenga un excelente día.
:::::::::::::::::::::::::::
Ciudadanos en Red ha enviado tú comentario a las autoridades con la finalidad de que se atienda lo más pronto posible el asunto que te ocupa.
¡Gracias!
Agradecemos su visita a nuestra página y le notificamos que su solicitud ha sido turnada a:
1.- La Centro de Servicios y Atención Ciudadana perteneciente a Delegación Venustiano Carranza, asignando como responsable a Lic. Alfredo Espinosa Gastelum (cesac@vcarranza.df.gob.mx), Coordinador.
Esta persona se encargará de enviarle información más detallada o, en su defecto, turnarlo a quien corresponda para su atención.
Esperando que esta información le sea de utilidad, le invitamos a seguir visitando nuestra Página, en la cual encontrará información actualizada constantemente.
En caso de no recibir respuesta del responsable arriba mencionado en un plazo de 5 días (10/03/2010), favor de notificarnos a atencion_ciudadana@df.gob.mx para insistir en su pronta respuesta.
Atentamente.
Servicios y Atención Ciudadana
Enviar un comentario nuevo