PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
PROCURADOR MTRO. BERNARDO ALTAMIRANO RODRÍGUEZ
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIRECTOR GENERAL MTRO. ANTONIO VIVANCO CASAMADRID
MÉXICO D.F. A 14 DE NOVIEMBRE DEL 2011 PRESENTE.
La que suscribe C. SANDRA ELIZABETH BENÍTEZ LIZÁRRAGA, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en CALLE SUR 105 # 1417 LOCAL "A" COL. AERONÁUTICA MILITAR DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA TEL. 57681652 CEL0445530546442 , tengo a bien denunciar los siguientes hechos que violan el artículo 14, 16 y demás leyes relativas.....
HECHOS: Con fecha 27 de mayo del 2011 . Compre una tortillería por medio de un contrato de compraventa notariado, el pasado 16 de junio del 2011, aproximadamente a las 14:21 hrs se presentó a mi establecimiento ubicado en la calle SUR 105 #1417 Local “A”, Col. Aeronáutica Militar, en la Deleg. Venustiano Carranza, el C. Antonio Morales Cadena, quien dijo ser empleado de la Comisión Federal de Electricidad, para realizar una verificación de mi consumo de energía eléctica con uso general de 25KW tarifa 02. tres hilos, en los medidores de número D688255, D728300, D728301. notificandome el citado empleado de la CFE que mi servicio de energía eléctrica estaba conectado directo al suministro de la calle,a lo cual yo les indique yo desconocía este hecho y que yo apenas había adquirido el negocio con fecha 27 de mayo de con el servicio de energía contratado por Fernando Rivelino Chávez y de igual manera el arrendamiento del local que adquirí por traspaso, lo cual no le importó a este funcionario público de la CFE y procedió a cortarme el servicio de energía eléctrica, dejándome a su vez las constancias de verificación con folios 9213 Y 9215, siendo un acto arbitrario que afecta a mi patrimonio y me deja en completo estado de indefensión ya que yo desconcía tal hecho, violando el artículo 14 Y 16 constitucionales y el artículo 1 parrafo segundo, fracción V, IX,2°, 6, 7, 7 BIS, 8, 20, 24, 26, 27, 35 y demás relativos de la Ley Federal de Protección al consumidor y el mismo reglamento de la Ley de energía eléctica en sus artículos 1, 2, 18, 19, 20, 21, 24, 35, 41, 42, 43.
También quiero hacer notar que dirigí diferentes escritos a funcionarios públcios de la COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD siendo estos el Gerente Ing. Guillermo Nevares Elizondo, al departamento de Pérdidas , Lic. Bertha Hernández Leyva y al Superintendente de Zona Aeropuerto Osvaldo de León Ortiz y con el Lic. Alejandro Chapa y nadie me da respuesta en base al Artículo 8 Constitucional, siendo este mi derecho aportando pruebas de mi dicho, tando como contrato de arrendamiento y de igual manera de compraventa notariado para acreditar la fecha de posesión de dicho establecimiento mercantil, siendo un documento notariado, instrumental pública que hace prueba plena de mi dicho como lo marca el artículo 280 del código Federal de Procedimientos Penales, y como a los funcionarios públicos de la CFE del área de distribución y superintendencia me dijeron verbal y textualmente que mis pruebas se ven muy bonitas pero que no les convencán, que tengo que pagar la cantidad desorbitante de $581,950.00 . para que me sea reconectado el servicio, por lo cual acudo a ustedes, ya que no me niego a pagar, para que me sea reconectado el servicio,pero yo solo asumo únicamente y exclusivante la responsabilidad de pagar el consumo proporcional a partir del 27 de Mayo al 16 de junio de 2011, ya que no puedo ser responsable de los actos de terceros y mucho menos que la que suscribe, desconocía el hecho y con esto me refiero que responsable es el que hizo el contrato de energía eléctrica el C. Fernando Chávez Z.
Siendo todo lo que deseo manifestar, me despido esperando pronta respuesta en base al artículo 8 constitucional.
Muchas gracias
SANDRA ELIZABETH BENÍTEZ LIZÁRRAGA
c.c.p SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA
c.c.p. COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
c.c.p. COMITE DE GESTORIA Y QUEJAS
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