El primer banco que se encuentra en la antesala de la quiebra es Famsa, cuyo grupo comercial anunció este viernes que se acogió al Capítulo 11 de la Ley de Bancarrota de los Estados Unidos.
Sin embargo su situación no es, ni remotamente, culpa del Covid-19 que, eso sí, precipitará su desenlace. Su errático accionar viene desde el año pasado y aquí se lo reportamos apenas el 4 de junio.
En 2019 Margarita de la Cabada, la vicepresidenta de Normatividad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), le impuso de asesor jurídico externo a Banco Famsa a su despacho favorito.
En la CNBV se sorprendieron de que tras una inspección y ordenando medidas restrictivas por varias anomalías, De la Cabada presionara la contratación del bufete Romo-Paillés, de María Teresa Paillés.
Pero de nada sirvió porque el miércoles Banco de México (Banxico) contestó a una solicitud de la CNBV, en el que da cuenta del estado de insolvencia en que se encuentra el banco de Humberto Garza González.
El oficio va dirigido al vicepresidente de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros “A” de la CNBV y lo suscriben los directores Jurídico y de Información del Sistema Financiero del Banxico.
Luis Urrutia y Juan Fernando Ávila reportan a Jorge Pellicer que el Índice de Capitalización (ICAP) del Banco de Ahorro Famsa, al 24 de junio, equivale ya una cifra negativa de menos 6.02%.
El regulador de los bancos pide al Banxico que calcule el ICAP de marzo que resulte de considerar la información contenida en el Anexo 2 de su oficio y lo informe para los efectos legales conducentes.
Y es que a estas alturas los pupilos de Juan Pablo Graf apenas se dieron cuenta y creen que el ICAP correspondiente al mes de marzo “podría encontrarse por debajo del mínimo requerido”.
Asimismo, extrañamente, piden a los pupilos de Alejandro Díaz de León se abstengan de calcular el ICAP de abril porque no cuentan con elementos validados que permitan verificar el cómputo del mismo.
“Se mantienen las mismas causales que llevan a solicitar el cálculo al mes de marzo conforme a la información contenida en el Anexo 2 del oficio de esa Comisión”. Quedan pendientes de corroborar otros elementos.
Hablamos del plazo para el reconocimiento contable de pagos anticipados y cargos diferidos, impuestos pasivos asociados y garantías para créditos otorgados a personas relacionadas, entre otros.
“El presente oficio se emite bajo el entendido de que, en todo momento, quedarán protegidos los derechos de los clientes, usuarios y acreedores en general de Banco Ahorro Famsa”.
¿En ciernes intervención o revocación de permiso para operar como banco? Por lo pronto en el Instituto de Protección al Ahorro Bancario ya se preparan. ¿El primer quiebre de un banco en la era de la 4T?