Tras la controversia constitucional interpuesta por el Inai, la SCJN suspendió parcialmente el acuerdo presidencial que clasifica las megaobras de AMLO como asunto de seguridad nacional.
No podrá reservar la información
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió parcialmente el acuerdo presidencial que blinda las obras prioritarias y megaobras del gobierno federal, al designarlos como asuntos de interés público y seguridad nacional. Con base en la controversia constitucional interpuesta el pasado 9 de diciembre por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), los efectos del acuerdo, también conocido como el “decretazo presidencial”, se suspenderán como parte de una medida cautelar, la cual estará vigente hasta que la Corte logre resolver si el acuerdo es constitucional o no.
La suspensión de la SCJN evitará que se mantenga en reserva la información de los proyectos del presidente, tales como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya y el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. El Inai argumentó que el acuerdo presidencial vulnera el derecho a la información, por lo que ya no se catalogará a los proyectos del gobierno federal como de interés público o seguridad nacional, ya que las autoridades tendrían que aclarar legalmente cuáles son las razones de seguridad nacional por las que las obras tendrían dicho estatus.
“Se niega la suspensión, en los términos precisados en la parte denominada Apartado segundo. Es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México”, informó la SCJN.
No obstante, la suspensión solo tendrá efecto en términos del derecho de acceso a la información, ya que el acuerdo sí será válido para que las dependencias de la administración pública federal otorguen rápidamente dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.
Con información de La Jornada y El Universal