El Insabi deberá revelar el número y documentos que respalden a dónde fueron enviados los ventiladores dados por el Conacyt.
Cuántos ventiladores fueron entregados
Este domingo el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió sobre dos recursos de revisión contra el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) para que informe sobre la adquisición y distribución de ventiladores durante la pandemia por Covid-19.
El primer recurso, RRA 4797/22, se trata de una solicitud para conocer el estatus de los ventiladores Ehécatl 4T y Gätsi que el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) entregó al Insabi. El INAI resolvió que el Instituto deberá informar sobre el número de los aparatos, así como facilitar los documentos probatorios que indiquen a dónde se enviaron precisando cantidad, zona, región, estado y nombre de la institución de salud que los recibió.
“Las acciones realizadas por nuestras autoridades sanitarias para allegarse de los elementos necesarios, a fin de atender la pandemia, estén sujetas al escrutinio público, lo cual abonará a aumentar la legitimidad y la confianza de la sociedad en ellas”.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada Presidenta del INAI.
Así mismo, se solicitaron los documentos en los que conste el total de ventiladores donados a Cuba y su entrega, con las mismas especificaciones.
📄#INAIalMomento@INSABI_mx debe informar sobre adquisición y distribución de ventiladores durante pandemia por COVID, resolvió INAI
— INAI (@INAImexico) July 10, 2022
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Demanda en Reino Unido
En el segundo caso, RRA 5172/22, el Insabi deberá proporcionar los datos del despacho contratado en aquel país para resolver el problema de incumplimiento de un proveedor británico respecto a la adquisición, en 2020, de insumos y equipamiento médico, y se mantiene como información reservada.
El INAI ordenó publicar el monto a pagar y el nombre de la firma, al constatar que la reserva de la información era improcedente porque no se acreditó la existencia de un procedimiento judicial, administrativo o arbitral en trámite relacionado con los datos. Por lo que se concluye que, con base en la Ley General de Transparencia, publicar información sobre contratos y convenios es una obligación en la materia.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta indicó que es fundamental que los mecanismos de control estatal no se flexibilicen y funcionen de manera efectiva para garantizar que los recursos lleguen a las zonas y poblaciones más afectadas.
“Se debe garantizar la máxima publicidad de la información relativa al manejo de la pandemia para que la sociedad pueda analizar el actuar de las autoridades”.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada Presidenta del INAI.
Con información de La Crónica.