La SCJN declaró como constitucional que el SAT tenga acceso a la información bancaria de personas y empresas sin una orden judicial. Señaló que no es arbitrario que el secreto bancario no opere si las autoridades bancarias requieren información para su fiscalización.
“Persiguen una finalidad legítima”
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) no es arbitrario, por lo que las autoridades hacendarias podrán tener la facultad de acceder a la información bancaria de las personas o empresas sin necesidad de solicitar previamente una orden judicial, pues establece que el secreto bancario no operará cuando se trate de información que requiera el SAT para su fiscalización.
“La norma no es contraria al texto constitucional, pues si bien el artículo 16 protege el derecho a la privacidad, la facultad de las autoridades hacendarias para obtener información bancaria sin autorización judicial persigue una finalidad legítima y satisface los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”, de acuerdo con el fallo.
El secreto bancario en el caso Duarte
Tras la resolución de Corte, todo indica que se negará el amparo promovido Moisés Mansur Cisneyros, empresario que fue acusado de fraude fiscal por 12.4 millones de pesos y lavado de dinero como presunto prestanombres de Javier Duarte, exgobernador de Veracruz, para comprar terrenos por 439 millones de pesos mediante empresas fantasma. Mansur se amparó, quien vive desde 2017 en Canadá, se amparó alegando que era inconstitucional que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) accediera a su información bancaria.
Aunque lo ministros reconocieron la importancia del derecho a la privacidad, indicaron que el derecho no es absoluto y tendrá que ponderarse frente a otros fines, como en el caso de que una autoridad hacendaria necesite verificar cumplimiento de las obligaciones ciudadanas de contribuir al gasto público, y evitar delitos como defraudación fiscal, terrorismo, lavado de dinero o delincuencia organizada.