¿Ya vas a presentar tu declaración anual 2022? Aquí te decimos cuáles gastos no son deducibles para el SAT.
Prepárate para tu declaración anual
El próximo 30 de abril vencerá el plazo para que las personas físicas puedan presentar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio de 2021, mientras que las personas morales podrán hacerla del 1 al 30 de marzo. Para este año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementando medidas cada vez más estrictas para que los contribuyentes no eviten ni disminuyan su pago de impuestos. Además, habrá dos multas: por no presentarla y por hacerla fuera del plazo señalado, ambas van de los 1,400 a los 38,730 pesos.
¿Quiénes deberán presentar su declaración anual?
Las personas físicas que están obligadas a presentar su declaración son aquellas que: reciben sueldos y salarios mayores a 400 mil pesos (con la excepción de quienes obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre que les hayan emitido comprobantes de nómina por el total de los ingresos), quienes hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2021, quienes obtuvieron ingresos de dos o más patrones de manera simultánea, quienes percibieron ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones.
También aquellas personas que hayan obtenido ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización laboral, así como por deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, inversiones en el extranjero, por intereses moratorios o penas convencionales. Además, deberán hacerlo quienes recibieron ingresos por servicios profesionales (honorarios), arrendamiento de bienes inmuebles, actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), enajenación de bienes y adquisición de bienes e intereses.
Estos son los gastos que no serán deducibles para el SAT:
- Ropa de niños.
- Gastos por seguro de vida o de retiro.
- Taxis, gasolina, transporte público.
- Productos de higiene y limpieza del hogar.
- Medicamentos que se hayan comprado en una farmacia y no estén incluidos en una factura por hospitalización.
- Transporte escolar, si no es obligatorio por parte del colegio.
- Donativos que no se hayan otorgado a donatarias autorizadas.