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Pensión IMSS: diferencia entre cesantía en edad avanzada y por vejez

El IMSS ofrece varias clases de pensiones, entre las que se destacan la de cesantía en edad avanzada y la pensión por vejez. Estos dos términos, aunque son similares, no son exactamente iguales, y aquí te explicamos la diferencia.

¿Qué diferencia la cesantía en edad avanzada y la de vejez del IMSS?

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley General del Seguro Social, los pensionados son aquellos asegurados que obtienen una pensión por incapacidad, viudez, orfandad o ascendencia, así como cesantía en edad avanzada y vejez, pero ¿cuál es la diferencia entre estas dos últimas opciones?

El Seguro Social especifica que la principal diferencia entre la pensión por cesantía en edad avanzada y la pensión por vejez es la edad del solicitante: la pensión por cesantía en edad avanzada la pueden tramitar aquellas personas de entre 60 y 65 años, mientras que la pensión por vejez es para aquellas mayores de 65 años que se dieron de baja tras llegar a dicha edad.

Cabe aclarar que quienes se jubilan anticipadamente por edad avanzada reciben solo una proporción del monto total que les correspondería en su pensión de vejez: por ejemplo, los de 60 años reciben el 60% de lo que les tocaría, los de 62 años perciben un 85%, y los de 64 años alcanzan un 95%.

¿Cómo solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada?

Para tramitar una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez, los solicitantes tienen que entrar al portal de Pensión Digital del IMSS, donde deberán registrar y validar su información. Ambos casos requieren que los interesados tengan un mínimo de semanas cotizadas y estén dados de baja ante el Instituto como trabajadores.

Después, deberán dirigirse a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana a su domicilio. Allí, entregarán todos los documentos requeridos y firmarán la solicitud de la pensión. Estos son los requisitos para solicitar una pensión por cesantía en edad avanzada:

  • Tener entre 60 y 65 años
  • Haber acumulado 500 semanas cotizadas (Ley del Seguro Social de 1973) o con 775 semanas cotizadas (Ley del Seguro Social de 1997)
  • Acta de nacimiento
  • Estar dado de baja del régimen obligatorio del IMSS
  • Presentar identificación oficial con fotografía
  • Documento expedido por la institución bancaria

Los requisitos para sacar la pensión por vejez son los mismos, pero la edad debe ser de 65 años o más.

Ve también: Regímenes de pensión del ISSSTE y requisitos para obtenerla

Con información de Radio Fórmula

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Publicado por
Redacción Ciudadanos en Red

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