El Senado ya aprobó que los trabajadores gocen de 12 días de vacaciones al año y esto ha dejado muchas dudas sobre cómo funcionará este cambio. Aquí te contamos todo lo que necesitas saber al respecto.
¿Cómo quedaron las vacaciones con la reforma laboral en México?
Hace unos días, el Senado aprobó finalmente el dictamen sobre las vacaciones dignas 2022, el cual modifica la Ley Federal del Trabajo para establecer que las vacaciones pagadas de quienes laboren en el sector privado deberán pasar de 6 a 12 días después de cumplir el primer año de trabajo, los cuales que aumentarán consecutivamente dos días por año. Este decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
Aquí te dejamos la tabla de vacaciones 2022:
¿Cuándo entra en vigor la reforma de vacaciones dignas?
Una de las grandes preguntas sobre la nueva reforma de vacaciones 2022 es cuándo entra en vigor. Pues este decreto será válido a partir del 1 de enero de 2023, así que no será tan larga la espera. Ojo: es muy importante saber que este cambio no es retroactivo y las empresas no “deberán” los días de descanso a los trabajadores que ya tengan uno o varios años laborando en la compañía.
Sin embargo, para 2023, sus vacaciones sí se calcularán con base en la nueva ley y se tomará en cuenta su antigüedad; así lo explicó en entrevista con el diario El Economista Abigail Quiroz, presidenta de la Fundación Trabajo Digno:
“Las leyes por lo regular van a regir hacia el futuro, nunca hacia el pasado. Imaginemos que la reforma entra en vigor en enero de 2023 y yo cumplí dos años de servicio en noviembre de 2022, entonces me tocará conforme a la ley anterior mis 8 días y para el siguiente año, en noviembre de 2023, daré el brinco a 16 días”.
¿Cambiará la forma en que los trabajadores eligen sus días de vacaciones?
En primer lugar, es importante saber que, si bien los ajustes implican cambios administrativos para las empresas, la forma en la que los trabajadores programan sus vacaciones y eligen los días no debe cambiar. En caso de que exista un acuerdo previo entre el empleador y el trabajador para diferir los días de vacaciones en lugar de utilizarlos “de corrido”, con la regulación actual, este se puede respetar para que los distribuyan como mejor les convenga.
En cuanto a aquellas personas que han acumulado las vacaciones con años anteriores, el empleador puede respetar el acuerdo y darle continuidad, aunque, de acuerdo con la ley, los trabajadores tienen solamente un año para reclamar prestaciones generadas.
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Con información de Mis Kuentas, El Economista, @zoi_tu_riqueza