La propuesta del Senador por MORENA Ricardo Monreal para regular las redes sociales establece que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sancionará hasta con 89 millones de pesos a las redes sociales que violenten la libertad de expresión de sus usuarios.
Se fija como posibilidad que la multa mínima que imponga el IFT parta desde la cantidad correspondiente a 1 UMA (actualmente es de 89.62 pesos), hasta la cantidad de 1,000,000 de UMAs (equivalente a 89 millones 620 mil pesos, atendiendo a la gravedad de la violación al derecho humano de libertad de expresión.
A propuesta del senador Monreal, se modifica y adicionan 10 artículos a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para ordenar que las redes sociales autorizadas por el IFT podrán establecer un mecanismo para suspender o cancelar una cuenta o perfil, o bien, eliminar un contenido.
En días pasados, el senador Monreal Ávila, difundió a través de sus redes sociales la propuesta “RegularNoCensurar”, misma que reproducimos desde Ciudadanos en Red.
La suspensión y cancelación de cuentas o perfiles en redes sociales, así como la eliminación de contenidos serán procedentes cuando se acredite que el contenido difundido, incluidas las noticias falsas (fake news), atacan “la moral”, el orden público, la vida privada, los derechos de terceros, provocan algún delito o perturba el orden púbico.
También cuando se confirme la afectación a los derechos de menores de edad, se acredite la difusión de mensajes de odio o se revelen datos personales.
Asimismo, se mandata que las empresas titulares de las plataformas de comunicación a través de redes sociales, deberán establecer un procedimiento de impugnación para que los usuarios controviertan la suspensión, cancelación de cuenta o perfil, así como la eliminación de contenido. Adicionalmente estarán obligadas dichas plataformas a la creación de un área especializada de atención a quejas para que sea dicha área la responsable de resolver controversias.
El procedimiento de controversia, deberá resolverse en un plazo no mayor a 24 horas. En caso de que la empresa responsable de las redes sociales no resuelva en dicho plazo, el usuario podrá acudir ante el Instituto Federal de Comunicaciones para interponer una controversia sobre la eliminación de contenido o restricciones en el uso del perfil, por presuntas violaciones al derecho de libertad de expresión.
Será el IFT quien resuelva en última instancia el levantamiento de suspensión o restricción de los perfiles de redes sociales, así como la difusión de contenido eliminado.
El antecedente directo a este proyecto de modificación de ley, deviene de la experiencia internacional que aconteció en Estados Unidos, tras la eliminación de contenido y posteriormente perfil del ex presidente Donald Trump, al convocar a través de mensajes difundidos mediante redes sociales, las protestas civiles en el interior del Capitolio, que desembocaron en múltiples heridos y desafortunadamente fallecimientos.
Debido a este hecho, Andrés Manuel López Obrador, declaró que la eliminación de contenido difundido por Trump así como el bloqueo a su perfil debían considerarse ataques contra la libertad de expresión.
Acorde a las políticas de la red social Twitter, las cuales robustecieron las sanciones contra contenido falso e incitación al odio, en México se eliminaron y bloquearon cuentas mayoritariamente afines a MORENA y al presidente López Obrador.
Puedes consultar la propuesta de Ricardo Monreal que regulan las Redes Sociales en el siguiente enlace: https://ricardomonrealavila.com/wp-content/uploads/2021/02/REDES-SOCIALES-Propuesta-Iniciativa-29.01.21.pdf