Esta medida es una de las nuevas disposiciones de la entrada en vigor de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
Con la entrada en vigor la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación, ahora se deberá acreditar un examen teórico y práctico para obtener la licencia de conducir.
La legislación aplicará todos los estados y municipios del país. Entre las nuevas medidas están los operativos de alcoholímetro tanto a conductores de autos como motocicletas.
Así mismo aplicarán los límites de velocidad de 80 kilómetros por hora (kms/h) en carriles centrales de avenidas de acceso controlado, 50 kms/h en vías primarias y 30 kms/h en vías secundarias. Los autobuses podrán transitar a una velocidad máxima de 85 kms/h en carreteras, mientras que los transportes de carga solamente a 80 kms/h y los automóviles a 110 kms/h.
El casco será imprescindible para conductores y pasajeros de motos en cualquier vía. Se homologa la prohibición del uso del celular mientras se conduce cualquier vehículo a excepción de los conductores de Uber u otros servicios de transporte a demanda; quienes también podrán utilizar sujetadores para teléfonos, siempre y cuando no obstaculicen la visibilidad del camino.
El uso de cinturón de seguridad será para todos los pasajeros, así como la prohibición de que un pasajero menor a 12 años viaje sin sistema de retención infantil y en asientos delanteros.
Con información de Aristegui Noticias.
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