El objetivo es “cortar de tajo” este fenómeno mediante la prevención, investigación, sanción y reparación del daño.
Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), entregó a la Comisión Permanente la iniciativa de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio que busca la tipificación nacional del feminicidio y establecer un protocolo para su investigación.
La propuesta plantea reformar el artículo 73 constitucional, fracción XXI, inciso a) con el objeto de facultar al Congreso de la Unión para emitir una legislación nacional de observancia en la materia.
Zaldívar, en su mensaje, resaltó la importancia de que cada entidad cuente con criterios para tipificar este delito y así permitir la homologación tanto de protocolos como de tipos penales que acaben con la impunidad de estos crímenes.
“No pueden seguir matando impunemente a las niñas y mujeres mexicanas, y las autoridades no podemos seguir mirando hacia otro lado, tenemos un compromiso con la gente, sobre todo con las niñas y las mujeres de México. Ojalá todas y todos estemos a la altura de este momento histórico y podamos sumar esfuerzos”.
Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.
De aprobarse y entrar en vigor esta ley se derogará el delito de feminicidio en todos los códigos penales, federal y estatales. Por lo que las legislaturas de las entidades deberán hacer las modificaciones correspondientes a fin de adecuarse a lo establecido en esta norma.
El Código Penal Federal establece siete criterios para determinar que un asesinato contra una mujer o niña es considerado feminicidio y, por consiguiente, que la investigación sea llevada bajo perspectiva de género.
En este sentido, la propuesta de la SCJN amplía y especifica 17 circunstancias para determinar una muerte violenta como feminicidio:
La iniciativa también contempla otras circunstancias como agravantes, entre ellas inducir al suicidio a niñas o mujeres. También incluye a los objetores de conciencia en el caso de aborto si al negar esta práctica, se provoca la muerte de la persona. Así mismo contempla a aquellos funcionarios públicos que entorpezcan o retrasen los procesos de investigación.
Respecto a las sanciones y consecuencias que personas procesadas o sentenciadas por feminicidio enfrentarán, está la suspensión de la patria potestad de los hijos que hayan tenido con las mujeres víctimas en atención al interés superior de la niñez.
Sin importar el caso, no podrán beneficiarse de indultos, amnistías o figuras anticipadas, así como obtener la libertad anticipada. Permanecerán en prisión preventiva el máximo de tiempo estipulado, que es de dos años, pasados los cuales, si no obtienen condena, podrán continuar el proceso fuera de la cárcel.
La pena propuesta en la iniciativa de la Suprema Corte es de 40 a 60 años de prisión. La sanción podrá aumentar de 60 hasta 90 años cuando el feminicidio lo cometa un servidor público, cuando la víctima sea una niña o mujer adulta mayor, cuando la víctima tenga una situación de vulnerabilidad, esté en prisión o cuando el agresor se haya valido para cometer el delito de cualquiera de las relaciones de confianza, de parentesco, de autoridad o de otras relaciones desiguales de poder que tuviere con la víctima; existan mutilaciones y cuando la víctima haya quedado bajo cuidado de un servidor.
Si el feminicidio fue cometido por una mujer quien se encontraba en una situación de sometimiento psicológico o físico por parte de otro autor, el castigo disminuirá a una cuarta parte.
La reparación del daño para las víctimas contemplará la restitución de los daños físicos, materiales, psicológicos y morales, así como el costo de los tratamientos necesarios y será el Estado quien deberá asegurar el sustento de las personas dependientes de la víctima de feminicidio y delitos vinculados, así como de quienes asuman el cuidado de estas, incluyendo a personas con discapacidad y adultos mayores.
La iniciativa establece que sea el fiscal General de la República quien elabore y expida un Protocolo Nacional de Investigación para la identificación de feminicidios y otros delitos vinculados.
En él se deberán establecer las reglas mínimas de trabajo policial y pericial, así como de la realización de diligencias a fin de preservar la escena de los hechos y la búsqueda de indicios en la autopsia de la víctima.
Las fiscalías estatales se encargarán de la investigación y persecución de los delitos previstos en esta ley, mientras que la Fiscalía General de la República atraerá los casos que hayan sido supuestamente cometidos por miembros de las fuerzas armadas y cuando el probable responsable sea un funcionario federal. El Ministerio Público Federal intervendrá en casos en los que se encuentren indicios de que en el delito participó una persona que pertenece o colabora con la delincuencia organizada.
A los presuntos feminicidas se les deberá realizarán peritajes psicológicos y de antropología social con el objetivo de determinar si tienen o no rasgos de personalidad misógina y violenta, así como para determinar si presentan patrones culturales orientados hacia conductas de discriminación y desprecio por las mujeres.
Durante la investigación, se propone que las víctimas indirectas podrán proponer a peritos independientes para que participen en el procedimiento de la autopsia y se realicen las manifestaciones que estimen pertinentes, e incluso presenten un dictamen adicional al oficial.
Relativo al rubro de prevención y no repetición, los centros de reinserción social deberán contar con programas de atención conductual y educación psicosocial de los sentenciados.
Próximo a la liberación, se deberá propiciar la generación de redes de apoyo de las personas agresoras que permitan su reinserción dentro y fuera de los centros penitenciarios. Se informará semestralmente el progreso, las actividades que realizan, así como un informe psicológico y/o psiquiátrico.
También la Corte indicó que, en todos los casos, quedará prohibido cualquier acercamiento o intento de comunicación por parte del agresor a la víctima o víctimas indirectas. En caso de ser parientes directos, podrá existir contacto siempre que la persona ofendida manifieste su voluntad por escrito.
El Instituto de las Mujeres (Inmujeres) será el encargado de realizar estudios sobre psicología de los feminicidas y recopilará información sobre los delitos, carpetas de investigación, sentencias y sanciones aplicadas en todos los casos de feminicidios y muertes violentas de mujeres para identificar sus contextos, causas y consecuencias. Esta base de datos permitirá visibilizar las situaciones diferenciadas en las que ocurran los delitos por violencia de género respecto de otros delitos de alto impacto y la relevancia de atenderlos de manera específica.
Con información de Animal Político.
Ya llegó junio, mes del Orgullo LGBTTTIQ+ y la Secretaría de Cultura de la Ciudad…
Este miércoles 5 de junio de 2024, el programa “Hoy No Circula” entrará en vigor…
Este martes 4 de junio, el programa "Hoy No Circula" continúa vigente en la Ciudad…
En una jornada electoral sin precedentes, México vivió las mayores elecciones de su historia, con…
La candidata de la coalición PAN-PRI-PRD, Xóchitl Gálvez, agradeció a sus simpatizantes y a los…
Tras las elecciones del 2 de junio en México, un fenómeno preocupante ha emergido entre…
Esta web usa cookies.