Grupo Mexicano de Seguros opera la póliza con cobertura de responsabilidad civil y daños a terceros. Aquí te explicamos cómo funciona.
En diciembre del 2020, el Sistema de Transporte Colectivo Metro adjudicó a Grupo Mexicano de Seguros (GMX) el contrato de seguro integral del Metro con vigencia al 31 de diciembre de este año. De acuerdo a la adjudicación SAF-DGRMSG-AD-63-2020 el monto que pagará el gobierno de la Ciudad de México es de 298,406,896 pesos. La cobertura es de responsabilidad civil y daños a terceros, y es aplicable siempre y cuando el origen del daño sea consecuencia de las operaciones del sistema o fallas en sus instalaciones.
Si hay un siniestro y las investigaciones llegan a la conclusión de que hubo negligencia, el seguro de responsabilidad civil de las personas e instituciones que sean privadas y estatales, tendrán que pagar”
Es decir, las víctimas de accidentes por choques y accidentes como el de este lunes, deben recibir una indemnización. La protección contempla asistencia médica para lesiones, pérdida de miembros, daño moral, incapacidad parcial o total permanente, y también los gastos funerarios en caso de haber fallecimientos.
Esta cobertura es para toda persona que se encuentre dentro de las instalaciones del Metro: entrada o salida de las estaciones, pasillos, elevadores, andenes, edificios y trenes.
En aquellos casos en los que se registra la interrupción del servicio del Metro, la cobertura se extiende para amparar el trayecto en cualquier otro medio de transporte utilizado en apoyo a los usuarios.
Es importante recalcar que el seguro no cubre: suicidio demostrado, muerte u otra pérdida causada directa o indirectamente por enfermedades corporales o mentales.
Te compartimos lo que la póliza indica respecto al acceso de seguro.
a) Medidas de salvaguarda: Al tener conocimiento de un siniestro causado por alguno de los riesgos amparados por esta póliza, el asegurado (El Metro) tendrá la obligación de tomar todas las medidas necesarias que tiendan a prevenir o disminuir el daño. Si no hay un peligro adicional en la demora, pedirá instrucciones a la compañía y se obligará a las que ella les indique.
b) Aviso: El asegurado, salvo circunstancias fuera de su control, tendrá la obligación de comunicar a la compañía por escrito, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a partir de que la unidad de Administración de Riesgos del Organismo tenga conocimiento del evento, que pudiera dar lugar a indemnización.
c) El asegurado deberá presentar a la compañía documentos, información y reportes, estará obligado a comprobar con exactitud de su reclamación y todas y cada una de las partidas que estén consignadas en la misma.
Con información de El Universal, El Financiero, El Sol de México.
Desde la Cancha Por Demetrio Sodi Lo primero es poner en su auténtica dimensión lo…
Desde la cancha Por Demetrio Sodi López Obrador le heredó la Presidencia a Claudia Sheinbaum,…
Desde la cancha Por Demetrio Sodi Qué cambiante es la vida política en México. Algo…
México vive un momento verdaderamente crítico en materia de inseguridad y violencia política. El reciente…
Desde la cancha Por Demetrio Sodi Hacer la guerra implica combatir a un enemigo con…
Desde la cancha Por Demetrio Sodi Se equivoca la presidenta Claudia Sheinbaum. No son la…
Esta web usa cookies.