El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo que confirma las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en relación con el caso “Pegasus”. Esta resolución desestima los recursos de revisión presentados por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y afirma la importancia de la transparencia en asuntos de seguridad nacional.
Los recursos de revisión, presentados en respuesta a las resoluciones emitidas por el INAI el 10 y 17 de noviembre de 2021, cuestionaban la instrucción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para entregar información en versión pública relacionada con el programa “Pegasus”. Sin embargo, la SCJN determinó que no se acreditó la reserva de la información por razones de seguridad nacional, lo que constituye un revés para la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Clasificación de la Información: Se enfatizó que la clasificación de la información como pública o reservada debe basarse en el contenido de la misma y no en la entidad que la emite. Aunque la SHCP cuenta con facultades relacionadas con la seguridad nacional, esto no es suficiente para justificar la reserva de la información sin una justificación adecuada.
Argumentos Insuficientes: La Corte criticó la falta de argumentos sólidos por parte de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal para demostrar cómo la divulgación de la información afectaría las operaciones de inteligencia y contrainteligencia. Se consideraron las argumentaciones como dogmáticas, genéricas y abstractas, lo que no respalda la reserva de la información.
Naturaleza de la Información Solicitada: Se determinó que la información solicitada no se genera mediante el ejercicio de facultades de investigación ni es propia de las operaciones de inteligencia y contrainteligencia relacionadas con la seguridad nacional. Por lo tanto, no existe una justificación válida para mantenerla en reserva.
Los recursos de revisión en materia de seguridad nacional, identificados como 26/2021 y 27/2021, fueron presentados por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal contra las resoluciones del INAI en los recursos de revisión RRA 9556/21 y RRA 10001/21, respectivamente. El ponente de ambos casos fue el Ministro Alberto Pérez Dayán.
Este fallo de la SCJN establece un importante precedente en cuanto al acceso a la información y la transparencia en asuntos relacionados con la seguridad nacional. Su impacto trasciende el caso “Pegasus” y refuerza la importancia de la rendición de cuentas en la sociedad mexicana.
Pegasus es un software espía (spyware) desarrollado por la compañía israelí NSO Group, diseñado para infiltrarse en dispositivos móviles iOS y Android con el objetivo de recopilar información. Este poderoso software puede ser instalado de manera remota en un dispositivo sin necesidad de que el usuario realice ninguna acción, como hacer clic en un enlace malicioso; un método conocido como “zero-click” (cero clics). Una vez instalado, Pegasus otorga al operador acceso completo al dispositivo, permitiéndole recopilar datos personales, incluyendo mensajes de texto, correos electrónicos, datos de ubicación, llamadas, información de aplicaciones de mensajería encriptada y más.
Pegasus se comercializa principalmente a gobiernos y agencias de aplicación de la ley como una herramienta para combatir el terrorismo y el crimen, pero ha suscitado preocupaciones significativas en cuanto a la privacidad y los derechos humanos. Ha habido numerosos informes de que ha sido utilizado por algunos gobiernos para espiar a periodistas, activistas de derechos humanos, políticos de la oposición y disidentes, lo que ha generado debates internacionales sobre la regulación de la venta y el uso de tecnologías de vigilancia.
El alcance de las capacidades de Pegasus y los informes de su uso indebido han llevado a llamados para una mayor transparencia y controles sobre el comercio global de software espía. Organizaciones de derechos humanos y grupos de la sociedad civil han instado a implementar medidas más estrictas para proteger la privacidad y la libertad de expresión en la era digital.
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