Foto tomada de Polemón
En los últimos días, la legalidad de la casa de Xóchitl Gálvez en la Ciudad de México fue un tema de controversia a nivel nacional, luego de que Morena diera a conocer que la propiedad de la panista podría haber sido construida sobre un espacio que no debe ser habitado.
Esta semana, el partido Morena filtró información sobre la presunta ilegalidad de la casa de la senadora panista Xóchitl Gálvez, quien es también la virtual candidata presidencial del Frente Amplio por México. De acuerdo con el partido oficialista, la casa de Gálvez (a la que llaman la “Casa del Moche”) se edificó durante su gestión como alcaldesa de Miguel Hidalgo, en la Ciudad de México (2015-2018), y no cuenta con el permiso de Uso y Ocupación para poder ser habitada.
“El lugar ubicado en Sierra Santa Rosa, número 62 en la colonia Reforma Social, cuenta con Aviso de Terminación de Obra pero no tiene el permiso de Uso y Ocupación, por lo que no puede estar habitado”, señaló Morena.
Tras darse a conocer esta información, la demarcación gobernada por el también panista Mauricio Tabe contestó a Morena que el predio y la construcción donde vive Xóchitl Gálvez tienen Registro de Manifestación de Construcción y que dicho desarrollo sí fue registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México (RPPyC). además de contar con el Aviso de Terminación de Obra que permite protocolizar ante notario e inscribir la compraventa en el RPPyC .
Por lo tanto, la autoridades de la alcaldía llamaron a la población, a los medios y a los partidos políticos a “no desinformar”, pues “el desconocimiento de la ley no es un argumento suficiente para tratar de politizar los derechos de las y los vecinos de la Miguel Hidalgo”.
Finalmente, las autoridades de la Alcaldía Miguel Hidalgo puntualizaron que la falta de esta autorización sobre el Uso y Ocupación “es responsabilidad total, tanto del constructor como del director responsable de obra“, por lo que la propietaria no estaría involucrada en dicha falta. Además, el no haber realizado el trámite:
“No amerita una clausura, demolición ni aseguramiento del inmueble, pues en la sanción solo corresponde una multa económica, la cual se aplicaría al desarrollador y al director responsable de obra y no al comprador, según el artículo 70 del Reglamento de Construcciones para la Ciudad de México”.
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Con información de Alto Nivel, El Universal y Proceso
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