La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el objetivo de prohibir a los proveedores de bienes, productos o servicios el cobro de comisión por pago con tarjeta de débito, crédito o cualquier otro medio de disposición físico de recursos como método de pago.
Este cambio legislativo se produjo tras la detección, por parte de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), de prácticas abusivas por parte de algunos establecimientos comerciales. Se han reportado casos en los que se aplican “comisiones” o “recargos” que pueden oscilar entre el 3% y el 5% sobre el valor total de la compra o servicio, cuando el pago se realiza mediante tarjeta de crédito o débito.
De acuerdo con la Condusef, esta práctica no solo contradice los acuerdos establecidos entre los comercios y las instituciones bancarias, sino que también implica una violación a los contratos de uso de terminales punto de venta. En estos contratos, se especifica claramente que el costo de este servicio no debe trasladarse al consumidor final.
¿De cuánto es la multa a establecimientos por cobro de comisión?
El nuevo artículo 7 TER establecido en la ley prohíbe explícitamente a los proveedores de bienes, productos o servicios el cobro de comisiones adicionales cuando se utilicen tarjetas de débito, crédito o cualquier otro medio de disposición físico de recursos como forma de pago.
Además, se ha determinado una sanción que va desde los 701 pesos con 15 centavos hasta los 2 millones 243 mil 671 pesos con 49 centavos para aquellos que infrinjan esta disposición, según lo establecido en el artículo 127.
El proyecto de ley ha sido turnado al Senado para continuar con su proceso legislativo y se espera que pronto entre en vigor para beneficiar a todos los usuarios del sistema financiero y comercial del país.
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Con información de La Jornada.