Comisión por pago con tarjeta, ¿qué hacer? Esto dice la Profeco

Pago con tarjeta

El cobro de una comisión por pagar con tarjeta en cualquier establecimiento es señalado por la Profeco como “una práctica abusiva”. Te explicamos cómo debes actuar en estos casos.

Comisión por pago con tarjeta

Aunque ya es muy común que pequeños y grandes comercios cuenten con terminal como forma de pago, de manera que cualquiera pueda pagar con tarjeta de crédito o débito, este servicio suele estar acompañado del cobro de una comisión que, de acuerdo con la Profeco, “es una práctica abusiva”. Por ello, surge la siguiente pregunta: ¿qué hacer si un negocio cobra comisión por pago con tarjeta? Aquí te lo decimos.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), a través de la Revista del Consumidor, en su edición de mayo de este 2023 confirmó lo que ya ha dicho el titular de la dependencia, Ricardo Sheffield, en ocasiones anteriores: bajo ninguna circunstancia se deberá cobrar comisión. Los establecimientos que caigan en esta práctica están incumpliendo con el contrato firmado con la institución bancaria que les otorgó la Terminal Punto de Venta (TPV).

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) coincide con la Profeco, al señalar que los comercios que cobran comisión incumplen con el contrato. Además, el organismo apunta que son los propietarios de los comercios los que deben pagar el cargo extra. 

¿Por qué es una práctica abusiva?

Por su parte, la Profeco aseguró que se trata de una “práctica abusiva” que al monto a pagar se le sume entre el 3% y el 5% de “comisión”, pues de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), “los proveedores no pueden aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”.

De acuerdo con la Condusef, este tipo de prácticas son indebidas, pues condicionan la aceptación de esta forma de pago con el cobro extra, además de ser “onerosas para el tarjetahabiente” y obstaculizar “la promoción de la Inclusión Financiera, ya que el usuario recibe el mensaje erróneo de que pagar con una tarjeta cuesta más que pagar con efectivo”.

¿Cuál es la sanción por cobro de comisión?

Los negocios que realicen un cobro extra a los clientes que pagan con tarjeta pueden hacerse acreedores auna multa de hasta 3.77 millones de pesos, según lo establecido en el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). Los establecimientos deben asumir el pago de esta comisión, además de ser quienes reciben también los beneficios de pagar con tarjeta de crédito o débito, por el uso de la terminal:

  • Aumentar su potencial de ventas, ya que hoy en día se ha logrado un incremento en la población que utiliza las tarjetas de crédito y débito para adquirir bienes y servicios de uso cotidiano.
  • Disminuir sus costos, puesto que el traslado del efectivo implica la contratación de una empresa que lo lleve a cabo o bien, el riesgo que implica ir al banco a depositar las ventas del día.
  • A través del pago con tarjetas de crédito o débito el nivel de seguridad aumenta en el establecimiento porque se maneja menos efectivo.

¿Qué hacer si me cobran comisión por pago con tarjeta?

Como ha señalado el titular de Profeco, Ricardo Sheffield, el realizar un cobro de comisión como condición por pagar con tarjeta está prohibido: “es un cobro que le hace el banco al establecimiento por usar la terminal bancaria, y no se vale cargarlo al consumidor. Si algún negocio lo hace ¡denúncialo ante Profeco!“. Para denunciarlo, puedes seguir los siguientes pasos:

  • Levantar una queja con la Institución Financiera de la cual es cliente el proveedor, y en su caso con la Condusef, a los números 55 53 400 999 y al 55 5448 7000 extensión 6271 o al 800 999 8080.
  • Uno de los medios es Conciliaexprés, con el que no es necesario acudir a las oficinas de Profeco ni agotar un procedimiento formal de queja. Para ver a los proveedores se puede ingresar en este enlace o bien, puedes enviar un correo electrónico a conciliaexpres@profeco.gob.mx.
  • Si el negocio no se encuentra en el listado de Conciliaexprés o no se logra una solución ahí, se puede presentar una queja formal para que se inicie el procedimiento conciliatorio para que se resuelva la controversia y buscar una solución.
  • También a través del sitio Concilianet, donde puedes ver qué proveedores han celebrado un convenio con Profeco para atender reclamos y se puede ver en tiempo real cómo se da solución a la queja.
  • Otra opción es acudir a las oficinas de Defensa del Consumidor para que el afectado o un representante levante la queja. Para ello necesitarás nombre y domicilio, identificación oficial, contrato, recibo o comprobante de prestación del servicio, nombre y domicilio del proveedor y descripción del servicio reclamado. La oficina más cercana se puede encontrar aquí.
  • También puedes hacer una denuncia ante la Profeco comunicándote al 800 468 8722, o bien enviar un correo electrónico a denunciasprofeco@profeco.gob.mx

¿Qué debe hacer el establecimiento en estos casos?

La Procuraduría informó que para hacer el reclamo se cuenta con un año en los siguientes casos:

  • Se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada.
  • Se pague el bien o sea exigible el servicio, total o parcialmente.
  • Se reciba el bien o se preste el servicio.
  • La última fecha en que el consumidor acredite haber requerido al proveedor el cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas por éste.

Aunado a ello, también es posible solicitar a las autoridades que visiten el establecimiento para que se verifique que se realiza indebidamente el cobro de comisión. En caso de que así lo desees deberás contar con:

  • Nombre del establecimiento
  • Dirección completa o datos que identifiquen la ubicación del negocio 
  • Relación de hechos en los que se basa la denuncia, como producto o servicio.

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Con información de Infobae, Debate y Condusef

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