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Nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial Edomex: ¿Qué cambios hay?

El martes 21 de mayo, el Estado de México marcó publicó la Nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial Edomex en la Gaceta de Gobierno. Esta legislación reconoce el desplazamiento de las personas como un derecho humano, y busca transformar la manera en que los mexiquenses y visitantes se mueven por el territorio. ¿Qué cambios hay en la nueva Ley? Aquí te lo contamos.

La ley establece un marco robusto para la planificación, regulación y gestión de la movilidad en el estado. Frente a desafíos como un transporte costoso e inseguro en comparación con otras entidades como la Ciudad de México, esta normativa busca garantizar un sistema más accesible y seguro para todos.

¿Quién tiene la prioridad de paso en una calle?

En el artículo 5 de la ley, se detalla una jerarquía que prioriza la seguridad y las necesidades de los usuarios de la vía pública:

  1. Peatones, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad.
  2. Ciclistas y usuarios de vehículos no motorizados.
  3. Usuarios y prestadores de transporte público.
  4. Servicios de transporte y distribución de bienes.
  5. Usuarios de vehículos motorizados particulares.

Protección a los peatones y ciclistas

La ley pone un énfasis especial en la protección de los peatones y ciclistas. Se contemplan las siguientes acciones:

  • La construcción de infraestructura segura, incluyendo andadores y carriles bici.
  • Se desarrollarán acciones para prevenir atropellamientos
  • Se crearán espacios accesibles para discapacitados

La Secretaría de Movilidad proporcionará asistencia técnica a los municipios para elaborar programas que mejoren la seguridad vial y la infraestructura ciclista. También se menciona la creación de un fideicomiso para financiar estas mejoras y fomentar el uso de bicicletas.

Nuevas regulaciones en el transporte público

El artículo 32 de la nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial Edomex destaca la obligación de las autoridades de movilidad de sancionar la interrupción del servicio y garantizar un transporte público eficiente y no discriminatorio. Se establece que las unidades deben estar en buen estado y ser ambientalmente responsables.

El transporte público se clasifica en varias categorías:

  • Masivo o de alta capacidad (más de 100 personas).
  • Colectivo de mediana capacidad (15-100 personas).
  • Colectivo de baja capacidad (hasta 25 personas).
  • Individual (taxis, incluyendo aquellos vinculados a plataformas electrónicas y ecotaxis).

Normativas para el transporte de carga

La ley también regula el transporte de carga, que incluye modalidades como:

  • General.
  • De arrastre.
  • Especializado.
  • Mensajería y paquetería.

Las concesiones para estos servicios solo se otorgarán a sociedades mercantiles mexicanas, y se exigirá la contratación de seguros vigentes y la capacitación de los choferes en prevención de violencia y desaparición de personas.

Te recomendamos leer: Bicicletas deberán tramitar placas en CDMX, te decimos cuáles son

Con información de AD Noticias.

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Publicado por
Redacción Ciudadanos en Red

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