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¿En qué casos el SAT puede inmovilizar mis cuentas?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México tiene la facultad de inmovilizar cuentas bancarias de los contribuyentes que presenten adeudos fiscales. Esta medida puede ser implementada en cualquier momento y restringe al contribuyente de disponer de su dinero hasta que pague la deuda correspondiente.

Casos en los que el SAT puede inmovilizar tus cuentas

El SAT puede ordenar la inmovilización de depósitos bancarios en los siguientes escenarios:

  1. Adeudos fiscales sin defensa o resolución a favor del SAT:
    Si tienes adeudos fiscales y no interpusiste un medio de defensa en su momento, o si la resolución definitiva fue a favor del SAT, la autoridad puede ejercer el cobro. En este caso, el SAT solicita directamente a las instituciones bancarias la inmovilización y transferencia de los recursos a tu nombre, hasta cubrir el monto total de tus adeudos fiscales actualizados, incluyendo recargos, multas y gastos de ejecución.
  2. Adeudos fiscales sujetos a medio de defensa sin garantía:
    Si tienes adeudos fiscales que están sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos, pero no has ofrecido una garantía, el SAT puede ordenar a las instituciones bancarias la inmovilización de depósitos suficientes para garantizar el monto de los adeudos fiscales actualizados y sus accesorios.

¿Cómo evitar que el SAT congele mis cuentas?

El contribuyente tiene la opción de solicitar al SAT que no inmovilice sus depósitos bancarios ofreciendo una garantía alternativa. Las opciones de garantía pueden incluir:

  • Depósito en dinero o carta de crédito emitida por un banco autorizado.
  • Prenda o hipoteca.
  • Fianza otorgada por una institución autorizada.
  • Obligación solidaria asumida por un tercero que demuestre su idoneidad y solvencia.
  • Embargo en la vía administrativa.
  • Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.

Notificación de la inmovilización

El SAT notifica al contribuyente sobre la inmovilización de sus depósitos bancarios mediante el buzón tributario o de forma personal, siempre que la autoridad tenga registro del correo electrónico del contribuyente o esté localizable en su domicilio fiscal. Si el contribuyente no es localizable, la notificación se realizará mediante estrados.

La inmovilización de cuentas bancarias por parte del SAT es una medida drástica pero legal que busca asegurar el pago de adeudos fiscales. Es fundamental que los contribuyentes estén al tanto de sus obligaciones fiscales y busquen resolver cualquier adeudo pendiente para evitar la inmovilización de sus recursos.

Te recomendamos leer: Lista negra del SAT: ¿qué es y cómo saber si estás en ella?

Con información de El Imparcial.

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Publicado por
Redacción Ciudadanos en Red

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