Si empleas en casa a una persona trabajadora del hogar, es importante darla alta en el IMSS y aquí te decimos cuáles son los requisitos y los pasos para hacerlo.
Las personas que trabajan como empleadas o empleados domésticas tiene derecho a la seguridad social. El programa piloto de personas trabajadoras del hogar, mediante el cual se impulsa el registro de quienes realizan trabajo doméstico remunerado ante el IMSS, se creó en el 2019 por instrucción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la idea transitar hacia un régimen obligatorio en el futuro y que esta prestación laboral no sea vista solo como un “apoyo” a las trabajadoras del hogar.
De acuerdo con el Convenio sobre el Trabajo Decente para Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, o Convenio 189, ratificado por México en 2019, se debe garantizar a las personas que se dedican al trabajo doméstico el acceso a un trabajo digno. De esta forma, deben tener un contrato de trabajo por escrito, además de jornadas laborales justas, jornadas extraordinarias u horas extras estipuladas. También tienen derecho a salarios dignos, días de descanso y días de descanso obligatorio, vacaciones, aguinaldo, seguro social y jubilación.
Por eso se considera un avance la resolución de la Corte para implementar en México el programa piloto a través del cual pueden obtener la seguridad social. Y aquí te explicamos los pasos para dar de alta en el IMSS a la o las trabajadoras domésticas que laboren en tu hogar.
En primer lugar, deberás ingresar a esta página, ya que es aquí donde podrás realizar el proceso de incorporación de las personas trabajadoras del hogar al IMSS: https://adodigital.imss.gob.mx/pth/Prerregistro.do?dispatch=formaDos. Una vez ahí, deberás registrar tus datos:
Posteriormente, debes proporcionar la información sobre la o las personas trabajadoras del hogar que laboren en tu domicilio. El sistema te pedirá los siguientes datos:
Después de este paso, se generará el formato de incorporación al IMSS, así como la línea de captura para realizar el pago. Podrás pagar de forma presencial (ventanilla bancaria) o mediante tu banca en línea antes del día 20 de cada mes. En caso de que alguno de los días 20 sea inhábil, el pago podrá realizarse el primer día hábil inmediato posterior.
Recuerda que el inicio del aseguramiento de la persona trabajadora el hogar comenzará a partir del primer día del mes inmediato posterior a la realización del pago y cubrirá la cantidad de días que labore contigo.
Para saber cuál será el monto a pagar de las cuotas obrero patronales en el caso de las personas trabajadoras del hogar, el IMSS publicó una calculadora para saber el importe para cada caso. Solo tienes que ingresar al sitio: https://adodigital.imss.gob.mx/pth_calculadora/
Con información del IMSS
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