Conoce las disposiciones de ley para poda o derribo de árboles en CDMX en 2023, así como el paso a paso para solicitar este servicio.
De acuerdo con el artículo 118 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra “el derribo, poda o trasplante de árboles requiere de autorización previa” de la autoridad local o del gobierno de la CDMX. De lo contrario, la persona que tale o intervenga un ejemplar, ya sea en propiedad privada o pública, será multada.
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Por lo tanto, para el retiro de árboles hay que realizar una solicitud, en este caso al Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC). La ley establece las condiciones que la autoridad considera procedentes para avalar el retiro o corte de árboles:
De igual forma:
Lo primero es ingresar a la página web del SUAC o la sección de trámites del sitio de la CDMX y realizar la solicitud.
Para tramitar tu reporte deberás tener a la mano:
En el formato te pedirán especificar las razones de la solicitud y las afectaciones que se presentan. Igualmente podrás adjuntar imágenes y fotografías donde se muestre el árbol y los daños al entorno.
Si la denuncia procede, verificadores autorizados se presentarán a la ubicación proporcionada a evaluar el tipo de intervención que se necesita.
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