Aquí te explicamos con algunos ejemplos sí los elementos de seguridad pública pueden realizar una revisión a objetos o a tu vehículo.
Lo que establece la Ley
Las revisiones constituyen una de las acciones que las autoridades de seguridad pública tienen facultad de realizar siempre y cuando se apeguen a la ley en la materia. No es igual si eres objeto de inspección en tu calidad de peatón que cuando eres automovilista.
En caso de que transites por la ciudad como un peatón, la policía puede revisar tus objetos personales como mochilas, portafolios, bolsas y demás pertenencias.
Si eres automovilista o conductor de algún vehículo motorizado, el artículo 215 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que los elementos de seguridad pública pueden inspeccionar cualquier automóvil siempre y cuando se haga durante un acto de investigación, por ejemplo, si se tienen indicios de que el propietario estuvo involucrado en un delito o está cometiendo un delito en flagrancia.
En este caso, es indispensable aclarar que un acto de investigación es una actividad que realiza la policía, la Secretaría de Seguridad Ciudadana o un Ministerio Público, como parte de un proceso para recabar más datos derivados de un delito, por lo que todo debe de registrarse.
Debe haber una orden
El artículo 16 constitucional dispone que ningún ciudadano puede ser molestado en su persona, casa, auto o posesiones si no cuentan con una orden para ello. Por lo que las revisiones que se califican de “rutina” son ilegales.
Debido a que muchos y muchas desconocen este apartado constitucional frecuentemente son víctimas de estas inspecciones irregulares.
Por ello ¡mucho ojo! Antes de cualquier revisión la policía debe presentar una orden judicial, escrita, en la que se indique que eres sospechoso de haber cometido un delito o bien porque estés cometiendo un delito dentro del vehículo. Solo así se podrá hacer la revisión.
En marzo de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es “ilegal y arbitraria cualquier inspección que no se realice en casos de flagrancia o cuando no haya una investigación”. Además, no está permitido:
- Inspeccionar vehículos o personas a su antojo.
- Realizar una inspección arbitraria al auto o los pasajeros si cometen una infracción de tránsito.
- La Corte puntualizó que de ninguna manera se permitió que se hagan cateos a domicilio.
- Esto, como parte de la resolución que hizo para que los policías puedan inspeccionar a una persona o un vehículo sin una orden judicial, aunque con las especificaciones ya mencionadas.
Lo que debes evitar si te quiere revisar ilegalmente
Testimonios compartidos en redes sociales ejemplifican situaciones de revisión ilegal y cómo manejarse ante la insistencia de elementos de seguridad pública para ceder, aunque sin orden.
En este caso, grabar la revisión y cuidar todo el tiempo que no haya siembra de objetos como armas, droga u objetos robados puede servir para evitar que te inculpen o fabriquen delitos.
@tiotibu420 #policia #revision #policiaspuercos #puercos #derechos #derechoshumanos ♬ sonido original – Tío Tibu 420
@rayitomexicano #policia #cdmx #policiacdmx #policiacdmx🇲🇽 #jefadegobiernocdmx #gobiernocdmx ♬ sonido original – MauFloRoZ
Con información de Expansión Política.