El Presidente podrá ser imputado o juzgado por corrupción y delitos electorales
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, para establecer que durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado o juzgado por hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.
El documento, avalado por mayoría calificada de 420 votos a favor, 15 abstenciones y cero en contra y turnado al Senado de la República busca que la inmunidad aludida en esta reforma permita un ejercicio de la acción penal más libre y evite que se proteja la figura del Presidente de la República, en caso de que llegue a incurrir en algún delito.
La reforma contempla que solo habrá lugar de acusarlo en la Cámara de Senadores.
El dictamen deriva de una iniciativa de Andrés Manuel López Obrador.
Aleida Alavez Ruiz (Morena), dijo que “es un mecanismo que desestimula la impunidad, pero sin que ello favorezca la persecución política del servidor público ni impacte en la estabilidad de la función que desempeña”.