El Senado aprobó la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, en el cual la información de quienes deban la pensión alimenticia de sus hijos se mantendrá abierta a toda la población. Además, los morosos no podrán salir del país.
Con 84 votos a favor, el Senado de la República aprobó por unanimidad la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, mismo que será de carácter público, por lo que podrá ser consultado por cualquier persona. Además, se estableció una serie de restricciones para que los deudores no puedan tramitar pasaportes, licencias de conducir ni competir por cargos de elección popular.
La minuta ya había sido aprobada desde 2019 por la Cámara de Diputados y turnada al Senado, donde se mantuvo “congelada” durante cuatro años, hasta que fue rescatada por la senadora y exsecretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero. Tras ello, el 22 de febrero la aprobaron las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Primera y este miércoles 22 de marzo se aprobó en el Pleno y pasará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
“La pensión alimentaria debe ser un tema que tenga por objeto fortalecer su ejecución y garantizar su oportuno cumplimiento de manera homologada en todo el país (…) Si bien, es cierto, en la actualidad existen diversas normas que buscan alcanzar dichos objetivos, en la realidad no se ha logrado de manera integral”, señaló Olga Sánchez Cordero.
Este proyecto derivado de reformas realizadas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes realizadas con el objetivo de garantizar que los deudores alimentarios cumplan a cabalidad con sus obligaciones y sus hijos puedan acceder a su pensión alimenticia.
Estos cambios a la ley establecen lo siguiente:
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Con información de Infobae y El Universal
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