La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó a la empresa Desart MX el uso de la marihuana para fines industriales en el país.
Sustancia activa del cannabis debe ser menor a 1%
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición legal a la empresa Desart MX para que siembre, cultive y coseche del cáñamo, “siempre y cuando garantice que marihuana produzca concentraciones iguales-menores al 1% bajo condiciones de monitoreo, control y seguridad que la autoridad competente ordene”. La resolución fue votada por unanimidad y ampara a la compañía contra los artículos de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal que permitían el uso del cannabis solo con fines médicos o científicos.
De acuerdo con la resolución, la SCJN consideró que el permitir solo para fines médicos o científicos el cultivo del cáñamo o cáñamo industrial (plantas del cannabis que se destinan a usos textiles con fines industriales, cosméticos, ropa, celulosa, materiales de construcción y sustitutos de plástico) viola el derecho humano de libertad de trabajo y de comercio. Entre otros puntos, la Corte destacó que la prohibición constituye una medida innecesaria y que existen medidas alternativas idóneas para proteger la salud y el orden público.
No será inmediato
Desart MX podrá obtener la autorización para la siembra, cultivo y cosecha del cáñamo, mientras la planta produzca concentraciones iguales o menores al 1% del Tetrahidrocannabinol (THC), la sustancia psicoactiva del cannabis. La producción está sujeta a las condiciones de monitoreo, control, y seguridad que las autoridades consideren convenientes para proteger la salud y el orden público y la obtención del permiso no es inmediata, pues un tribunal colegiado debe revisar otros puntos sobre el asunto, principalmente en lo que se refiere a las prohibiciones que la Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) estipuló en 2018.
Con información de UNO TV y El Sol de México