Primer amparo contra el nuevo Fondo de Pensiones del Bienestar

Sólo un día después haberse oficializado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto que instaura el nuevo Fondo de Pensiones para el Bienestar ya enfrenta su primer gran desafío legal. Un grupo de 727 trabajadores de diversos sectores, tanto público como privado, ha presentado un amparo colectivo contra esta nueva disposición. La acción legal fue iniciada por la firma Trusan & Roma Abogados en un juzgado especializado en materia laboral de la Ciudad de México, que deberá decidir en breve si procede con el amparo y otorga una suspensión provisional que podría detener temporalmente la implementación de la normativa.

Interponen amparo colectivo

El Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyo objetivo es asegurar el pago de un complemento a los trabajadores retirados, permitiría a los beneficiarios recibir mensualmente poco más de 16 mil pesos. Según el decreto, este fondo se nutrirá de las subcuentas de cesantía y vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores que, al cumplir 70 años y no haber reclamado dichos recursos a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), sumarían más de 40 mil millones de pesos.

Los abogados Rodolfo Martínez y Sandra Minerva, representantes de los demandantes y miembros de Trusan & Roma, argumentan que la reforma altera significativamente la forma en que los trabajadores habían planeado gestionar sus fondos de retiro en el futuro. Anuncian que en los próximos días promoverán más amparos colectivos, incluyendo trabajadores de entidades como el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la Comisión Nacional Bancaria, la Guardia Nacional, el Instituto Nacional Electoral, entre otras dependencias federales.

Afores obligadas a transferir fondos sin consentimiento

El nuevo decreto establece que las Afores y otras instituciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir automáticamente los recursos de las subcuentas especificadas al Fondo de Pensiones para el Bienestar una vez que los trabajadores alcancen los 70 años, sin requerir una resolución judicial para efectuar dicho traspaso.

Además, el decreto detalla que el Fondo contará con un Comité Técnico responsable de emitir las reglas de operación que regirán la recepción, administración, inversión y entrega de rendimientos de los recursos al Instituto del Seguro Social.

Primer obstáculo legal

Este caso plantea un desafío legal significativo y pone de manifiesto las preocupaciones de los trabajadores sobre la seguridad y autonomía de sus fondos de retiro, además de plantear interrogantes sobre la legalidad de la transferencia de recursos sin consentimiento explícito. A medida que el juzgado avanza en su decisión, los ojos de la nación están puestos en las implicaciones que este decreto podría tener para el futuro financiero de miles de jubilados en México.

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