Aunque quieran lavarse las manos de daños a tu vehículo, los encargados están obligados a contar con un seguro para sus clientes.
Un letrero no los exime de responsabilidad
Pese a que estos establecimientos de servicio de estacionamiento quieran lavarse las manos de daños o extravíos sobre tu vehículo, al hacer su registro como negocio los encargados están obligados a contar con un seguro para sus clientes.
Se trata de Ley de Establecimientos Mercantiles de la CDMX, la cual establece que los lugares registrados para prestar dicho servicio están obligados a contar con un seguro que cubra una cantidad de hasta 645 mil pesos.
Para hacer válida esta garantía es importante que guardes el boleto que se te brinda al dejar tu automóvil, pero ¡ojo! Debe cumplir con estos datos: nombre, razón social y domicilio de la empresa o prestador del servicio; RFC; números telefónicos; número del boleto; tipo de estacionamiento con tarifa; hora de entrada y salida; número de placa y forma en que se responderá por los daños que haya sufrido un vehículo durante su resguardo.
Para reclamar el seguro es importante que sepas que este cubre solo cierto tipo de daños y perjuicios de acuerdo a la modalidad de estacionamiento:
- Autoservicio: Robo total, robo y daño parcial del vehículo, e incendio en el establecimiento si es atribuible al titular.
- Con acomodadores de vehículos: Robo total, robo y daño parcial del vehículo, robo o daño de accesorios mostrados al entregar el vehículo, e incendio en el establecimiento si es atribuible al titular.
- En caso de inundación. En estos casos, es posible que el establecimiento no cubra este tipo de incidentes. Será cuestión de solicitar la póliza de seguro para verificar su alcance.
@lic.dacor Validez de letreros que eximen de la responsabilidad 👨🏻⚖️ #aprendeentiktok #abogado #estacionamiento #ley #foryou ♬ Paulo Londra: Bzrp Music Sessions, Vol. 23 – Bizarrap & Paulo Londra
Con información de Dinero en Imagen.