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Declaración anual 2023: así podrás pagarle al SAT tus impuestos en mensualidades

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado una importante noticia para los contribuyentes mexicanos. Aquellos que presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023 entre el primero y el 30 de abril tendrán la opción de pagar sus impuestos en parcialidades.

Declaración anual a mensualidades

En un comunicado emitido recientemente, la autoridad fiscal ha detallado que los contribuyentes personas físicas podrán beneficiarse de este esquema de pago, permitiéndoles liquidar su deuda en hasta seis mensualidades, con la posibilidad de realizar pagos anticipados si así lo desean.

¿Cuáles son las condiciones?

Sin embargo, el SAT ha establecido ciertas condiciones para acceder a este beneficio. Es fundamental que la declaración anual se presente dentro del plazo establecido y que el pago de la primera parcialidad se efectúe antes de que concluya dicho periodo. Además, se deben tener en cuenta otras disposiciones, como:

  • Las parcialidades deben pagarse a más tardar el último día del mes correspondiente.
  • Los pagos deben realizarse a través de instituciones de crédito autorizadas.
  • En caso de incumplimiento con el pago en tiempo y forma, se aplicarán recargos.
  • La última parcialidad debe cubrirse antes del 30 de septiembre de 2024, incluyendo los recargos que correspondan.
  • Se deben utilizar las líneas de captura generadas por el sistema del SAT al momento de presentar la declaración.

Esta opción de pago en parcialidades se ofrece año tras año, con el objetivo de incentivar a los contribuyentes nacionales y brindarles mayores facilidades para cumplir con sus obligaciones fiscales de manera oportuna.

¿Quiénes deben hacer declaración anual?

Es importante recordar que la declaración anual 2023 es obligatoria para los contribuyentes que se encuentren en los siguientes regímenes:

  1. Sueldos y salarios.
  2. Servicios profesionales.
  3. Actividades empresariales.
  4. Arrendamiento de bienes inmuebles.
  5. Enajenación o adquisición de bienes.
  6. Intereses o dividendos.

El SAT reitera que el plazo máximo para presentar la declaración anual 2023 es el 30 de abril, y cualquier solicitud de devolución también debe realizarse antes de esta fecha límite.

Te recomendamos leer: ¿No sabes cómo hacer tu declaración anual? La Princesa Godín te explica

Con información de Milenio.

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Publicado por
Redacción Ciudadanos en Red

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