Senado aprueba CURP con fotografía, firma y huellas dactilares

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El Senado aprobó la nueva Ley General de Población, que hace obligatorio para los ciudadanos obtener su CURP con fotografía, firma y huellas digitales, lo que sería un nuevo documento oficial de identificación.

¿La CURP con fotografía ya es obligatoria?

Con 15 votos de Morena a favor y 12 en contra de PAN, PRI, PRD y MC en contra, las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República aprobaron la expedición de la nueva Ley General de Población, con lo que se abroga la de 1974.

Con ello, será obligatorio inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener la Clave Única de Registro de Población (CURP) con fotografía, firma y huellas dactilares, la cual será un nuevo documento oficial de identificación.

Cabe señalar que aún no se aprueba totalmente la nueva ley, pues el dictamen será turnado a la Mesa Directiva y se someterá a votación en el Pleno este martes.

¿Qué cambios tendrá la nueva CURP actualizada 2023?

Según lo estipulado en la nueva Ley General de Población, que contendría cambios en 13 artículos, la CURP contendrá de forma obligatoria fotografía, huellas dactilares y firma de los ciudadanos. Estos serían los cambios:

  • Artículo 63: la CURP contendrá la fotografía del rostro y se le denominará “CURP con foto”. Será una constancia oficial de identificación en los términos que dispone la Ley de Población y su reglamento.
  • Artículo 64: la Secretaría de Gobernación (Segob) será la institución encargada de establecer las normas, métodos y procedimientos del Registro Nacional de Población.
  • Artículo 69: la expedición de la CURP con fotografía y el Registro Nacional de Ciudadanos son servicios de interés público que presta el Estado a través de Segob.
  • Artículo 70: los ciudadanos deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener su CURP con foto.
  • Artículo 75: Segob expedirá la nueva CURP y la pondrá a disposición de los ciudadanos.
  • Artículo 76: la nueva CURP con foto será un documento oficial de identificación.
  • Artículo 77: este nuevo documento tendrá valor como medio de identificación ante todas las autoridades mexicanas.
  • Artículo 78: nadie podrá ser sancionado por no portar su CURP con foto.
  • Artículo 79: la nueva CURP deberá incorporar la siguiente información: nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población, fotografía del titular, lugar y fecha de nacimiento, firma y huellas dactilares.
  • Artículo 80: el titular de la CURP con foto es el responsable de su custodia y conservación.
  • Artículo 81: el documento tendrá una vigencia no mayor a 15 años y deberá renovarse a más tardar 90 días antes de que esta concluya.
  • Artículo 82: si un ciudadano no cuenta con su nueva CURP con foto vigente debe tramitarla en los 30 días siguientes.
  • Artículo 83: la CURP con foto se expedirá a los menores de 18 años en los términos establecidos por el reglamento de la ley.

¿Qué preocupa a los ciudadanos sobre nueva CURP con foto y huellas dactilares?

Tras darse a conocer la aprobación del Senado a la nueva CURP, los ciudadanos han expresado su preocupación por las implicaciones que tendrá que Segob maneje los datos biométricos de los ciudadanos y que el gobierno esté generando su propia identificación oficial, pues temen que se planee hacer a un lado la credencial de elector del Instituto Nacional Electoral (INE).

También han criticado la obligatoriedad de las fotografías para los menores de edad, pues su fisonomía cambia rápidamente, lo que implica tener que renovar constantemente su CURP. De igual forma, se cuestionan cómo se hará el trámite para menores de edad, ya que estos no cuentan oficialmente con una firma para ello.

Además, se desconoce si la renovación de la CURP será gratuita o cuánto costaría. Aunque actualmente la expedición de este documento es gratuita, se desconoce si se cobrará en algún momento y hay incertidumbre entre los ciudadanos, pues desde el gobierno federal se ha confirmado que no se destinarán más recursos públicos para todos los gastos que requerirá hacer este nuevo trámite.

En este sentido, especialistas, líderes de opinión, políticos y académicos han externado su preocupación por la falta de recursos para realizar el trámite, pues el artículo quinto transitorio señala que no serán autorizados recursos extraordinarios para la aplicación de esta nueva Ley General de Población. Aunado a ello, señalan que no hubo una consulta de viabilidad presupuestaria con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Asimismo, en Twitter, los usuarios han criticado la decisión de aprobar que la CURP sea una nueva identificación con datos biométricos:

¿Cómo tramitar tu acta de nacimiento en CDMX si naciste en otra entidad?

Con información de El Universal, Forbes y El Economista

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