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Prepárate para los puentes y días festivos en 2023 según calendario de la SEP

Para que planees tus escapadas con tiempo, te compartimos los puentes y días festivos en 2023 de acuerdo con lo que marca el calendario de la SEP.

Vacaciones dignas y puentes para 2023

El próximo 2023 entrará en vigor la nueva legislación para vacaciones a las que tienen derecho las y los trabajadores. Ya no serán seis, sino 12 los días de descanso obligatorio.

Con esta nueva conquista laboral podrás aprovechar alguno de los puentes que, de acuerdo con el calendario escolar de la SEP, están programados el siguiente año.

Solo que recuerda, no todos los días feriados para estudiantes aplican para las y los trabajadores. Existen días festivos que no son obligatorios, por ejemplo, el día de muertos. Aquí te decimos cuáles también están considerados en la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuáles serán los días feriados de la SEP en 2023?

A continuación, los días de descanso con base en el calendario de la SEP:

  • Lunes 6 de febrero. Promulgación de la Constitución de 1917, el día exacto es el 5 de febrero, pero se recorrerá al lunes.
  • Lunes 20 de marzo. Natalicio de Benito Juárez, aunque es el 21 de marzo, se pasará al lunes.
  • Sábado 1 de abril del 2023 al 16 de abril. Semana Santa. Segundo periodo de vacaciones de los alumnos de nivel básico.
  • Lunes 1 de mayo. Día del Trabajo.
  • Viernes 5 de mayo. Conmemoración de la Batalla de Puebla.
  • Sábado 16 de septiembre. Conmemoración del Inicio de la Independencia de México. Pese a que cae en fin de semana, algunas dependencias considerarán el 15 de septiembre como festivo.
  • Jueves 2 de noviembre. Día de Muertos.
  • Lunes 20 de noviembre. Conmemoración del Inicio de la Revolución Mexicana.
  • Vacaciones de diciembre que contemplan los descansos del 25 y 1 de enero.

¿Cuáles son los días festivos oficiales para trabajadores?

De acuerdo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, es de obligatoriedad que el colaborador no trabaje en días feriados oficiales. Para este 2023 son:

  • Domingo 1 de enero. Día de Año Nuevo.
  • Lunes 6 de febrero. Promulgación de la Constitución de 1917, el día exacto es el 5 de febrero, pero se recorrerá al lunes.
  • Lunes 20 de marzo. Natalicio de Benito Juárez, aunque es el 21 de marzo, se pasará al lunes.
  • Lunes 1 de mayo. Día del Trabajo.
  • Sábado 16 de septiembre. Conmemoración del Inicio de la Independencia de México.
  • Lunes 20 de noviembre. Conmemoración del Inicio de la Revolución Mexicana.
  • Lunes 25 de diciembre. Día de Navidad.

Algunas empresas pueden ser flexibles y contemplar días no previstos por la ley, pero no es su obligación.

Te puede interesar: ¿Si trabajas el Jueves y Viernes Santos te deben de pagar doble?

Con información de Milenio, Calendario Laboral.

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Publicado por
Redacción Ciudadanos en Red

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