¿Cuántas semanas hay que cotizar para recibir pensión del IMSS en 2023?

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Con las reformas a la Ley del Seguro Social se establece el número determinado de semanas cotizadas por año para recibir pensión en el IMSS.

¿Cuántas semanas pide la ley en 2023?

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estableció el número de semanas necesarias para recibir pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez en 2023.

De acuerdo a las reformas a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que entró en vigor en 16 de diciembre de 2020, las semanas de cotización para solicitar pensión incrementarán de forma anual. 25 cada año hasta alcanzar mil en 2031.

En 2023 son mínimo 800 las que deben comprobarse al momento de realizar la solicitud.

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IMSS contempla dos regímenes para pensión

El IMSS maneja dos tipos de regímenes mediante los cuales las personas aseguradas pueden pensionarse. Dependiendo a cuál se pertenezca, habrá que cumplir ciertos requisitos.

  • Régimen de 1973: Inicio de la cotización antes del 1° de julio de 1997.
  • Régimen de 1997: Inicio de la cotización a partir del 1° de julio de 1997.

¿Qué requisitos corresponden al régimen 1973?

  1. Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
  2. Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  3. Se encuentre privado de trabajo remunerado.
  4. Haya estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
  5. Tenga registradas ante el Instituto el mínimo de semanas de cotización.
  6. Esté vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley. 

¿Cuáles son las condiciones para el régimen 1997?

  1. Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez. 
  2. Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  3. Se encuentre privado de trabajo remunerado.
  4. Tenga registradas ante el Instituto el mínimo de semanas de cotización.

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Con información de El Financiero.

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