Tips para cruzar la aduana sin problemas. ¡Toma nota!

El proceso para cruzar la aduana es sencillo si tienes en cuenta esta información de utilidad. No temas por tu mercancía.

Que no te sorprendan las tarifas

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informa que ciudadanos y ciudadanas mexicanas pueden introducir al país la mercancía que integra su equipaje personal y aquella cuyo valor no exceda la franquicia a la que tengan derecho.

¿Qué quiere decir “valor que no exceda la franquicia”? La franquicia aduanera se refiere a la exención total o parcial del pago de los derechos e impuestos a la importación y/o exportación aplicables a las mercaderías que entran o salen del territorio aduanero.

Estos costos varían a lo largo del año acorde a factores como temporada, medio de transporte y región. Por ello te compartimos esta información, para que la tomes en cuenta a la hora de cruzar la aduana y evites sorpresas desagradables.

  • En temporada vacacional, las personas que ingresen al país por vía terrestre podrán pasar hasta 500 dólares de mercancía, adicional a su equipaje, sin pagar impuestos. El resto del año la franquicia es de 300 dólares.
  • Para quienes lleguen en barco o avión, está permitido ingresar 500 dólares durante todo el año.
  • Los residentes de la franja o región fronteriza sólo pueden cruzar 150 dólares.
  • Si llevas mercancía de más tendrás que pagar una tasa global del 16% del valor de la mercancía excedente.
  • Si una familia viaja junta por tierra en el mismo auto, pueden sumar sus valores de franquicia.
  • Puedes demostrar cuánto cuestan tus artículos con facturas o comprobantes de venta; de lo contrario, el personal de la aduana mexicana determinará el valor de tus artículos.
  • La lista de los artículos que puedes incluir es bastante extensa, sin embargo, no incluye bebidas alcohólicas, tabacos labrados o combustible automotriz.

También puedes pasar, sin el pago de impuestos, hasta 3 mascotas o animales de compañía tales como gatos, perros, canarios, hámsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presentes ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA.

Con información de Conexión Migrante.

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