Cuando una pareja se separa o se divorcia, los hijos que tengan en común tienen derecho a recibir una pensión alimenticia para gastos de salud, alimentación y educación, entre otras necesidades básicas.
Del 15% al 30% de los ingresos
Los padres y madres de familia son los principales encargados de velar por el bienestar de sus hijos, hacer cumplir sus derechos y necesidades básicas, como la alimentación, los estudios y el acceso a servicios de salud cuando sea necesario. Por eso, al separarse, los padres o madres que no tienen la custodia de sus hijos están obligados a entregar una cantidad mensual, la cual es designada por un juez y deberá ser por lo menos del 15% de su salario. De acuerdo con el artículo 308 del Código Civil Federal:
“Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales”.
El monto de una pensión alimenticia puede variar, pero generalmente se ubica en un rango de entre el 15% y el 30% de los ingresos de la persona demandada. Los jueces fijan la cantidad mediante un convenio o sentencia, teniendo en cuenta situaciones específicas como las posibilidades económicas de la persona obligada a pagar y las necesidades de quien la recibe. Estos son los factores que suelen tomarse en cuenta para determinarla:
- Salario e ingresos de la persona obligada a pagar la pensión alimenticia.
- Lugar de residencia.
- Número de hijos.
- Condiciones especiales o discapacidad de los padres e hijos.
- Deudas adquiridas por el obligado alimentario, como créditos, hipotecas y préstamos.
¿Hasta qué edad se paga pensión alimenticia?
En México la pensión alimenticia suele entregarse a los hijos que son menores de edad, aunque la temporalidad puede extenderse hasta los 21 años, en caso de que se encuentren cursando estudios universitarios. También suele ser así cuando tienen alguna discapacidad que les impide valerse por sí mismos y siguen viviendo con su familia. En caso de que el demandado no haya cumplido con su obligación, no hay límite de edad para que los hijos soliciten el cumplimiento de la misma de manera retroactiva.
Además, en México es poco conocido que la pensión alimenticia es recíproca, lo que significa que no solo los padres tienen que cumplir con esta obligación, sino también los hijos cuando sus padres ya son mayores y requieren apoyo para su manutención, según el artículo 301 del Código Civil Federal de México.
“El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión competente al acreedor alimentario o incorporándolo, a la familia. Si el acreedor se opone a ser incorporado, compete al juez, según las circunstancias, fijar la manera de ministrar los alimentos”.
Artículo 309 del Código Civil Federal
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Con información de Código San Luis y Mi Bolsillo