Conoce las nuevas disposiciones de la Ley General de Control de Tabaco, así como los lugares donde no podrás fumar a partir de enero de 2023.
¿Qué cambios se aprobaron en la Ley?
El 16 de diciembre de 2022 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman diversas disposiciones del reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. La aplicación es obligatoria en todo el territorio nacional y será vigente a partir de la segunda semana de enero de este año.
Entre las nuevas medidas, se amplían los espacios cien por ciento libres de humo, lo que implica que se limitarán los lugares donde es permitido el consumo de cigarros y tabaco. Así como:
- Se prohíbe la exhibición directa o indirecta de los productos elaborados con tabaco.
- El empaquetado y etiquetado deberá contar con los mensajes sanitarios y pictogramas correspondientes.
- Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión.
- Queda prohibida la exhibición directa o indirecta de los productos en lugares en los que se comercialicen, vendan, distribuyan, suministren o expendan productos de tabaco.
- Para la comercialización de tabaco (en sus diversas presentaciones), deberá realizarse una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.
- La lista deberá cumplir con los requisitos y características que establezca la Secretaría de Salud mediante disposiciones generales que al efecto emita, y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
La Secretaría de Salud pretende prevenir 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades asociadas al tabaquismo en los próximos 10 años. De igual forma, un ahorro de 116 mil pesos en enfermedades asociadas al consumo de cigarros y otros productos con nicotina.
¿En qué lugares está prohibido fumar?
Acorde a la nueva legislación, los lugares donde está prohibido a fumar a partir del 15 de enero de 2023 son:
- Salones de eventos.
- Habitaciones y áreas con acceso al público en general o de uso común de los hoteles y otros sitios de hospedaje.
- Patios, terrazas y balcones de cualquier lugar con acceso al público.
- Parques de diversiones.
- Áreas de juegos o lugares donde permanezcan niñas, niños y adolescentes.
- Parques de desarrollo urbano.
- Deportivos.
- Playas.
- Centros de espectáculos y entretenimiento.
- Canchas, estadios y arenas.
- Plazas comerciales.
- Mercados.
- Hoteles.
- Hospitales, centros de salud y clínicas médicas.
- Lugares de culto religioso.
- Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas.
- Paraderos de transporte.
- Transporte público.
- Escuelas
- Centros de trabajo.
- Oficinas de gobierno.
- Áreas públicas de prisiones y centros de detención.
Lee: “Vapeo”, la moda entre los jóvenes que hace más daño que el tabaco
Espacios donde sí se puede fumar:
Los lugares permitidos deberán ser zonas exclusivas para ello y estar siempre al aire libre. En estos espacios no se podrá consumir alimentos y bebidas, ni ofrecer servicios de entretenimiento, realizar actividades sociales o de esparcimiento, tampoco se permitirá el acceso a personas menores de 18 años.
En este sentido, las zonas para fumar deberán cumplir lo siguiente:
- Estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo y no ser paso obligado para las personas.
- Ubicarse a 10 metros de distancia de las entradas, accesos y salidas de los inmuebles y de los conductos de entrada de aire.
- No deberán ocupar un espacio mayor al 10% del área total del establecimiento.
- Contarán con la señalización que prohíbe la entrada a menores de edad y con advertencias sanitarias gráficas sobre los efectos y daños a la salud de la exposición al humo del tabaco.
¿Cuál es la multa?
Con base en la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores de la Ciudad de México, fumar en lugares libres de humo de tabaco te podrá acarrear una multa de 10 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente, es decir, entre los mil y 3 mil 112 pesos.
La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) vigilará el cumplimiento de las nuevas disposiciones sobre lugares para fumar en 2023. En caso de que quieras denunciar a quien fume donde no está permitido, puedes comunicarte al 800 033 5050.
Hoy entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley General para el control del Tabaco🚭 sobre el cual Cofepris vigilará la correcta implementación. Se amplía la #ProtecciónDeLaSalud, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones.https://t.co/ilOMuLsRvv pic.twitter.com/7iDlMumOC0
— COFEPRIS (@COFEPRIS) January 15, 2023
Entérate: Conoce la multa por fumar en el Centro Histórico de CDMX
Con información de Infobae, El Financiero.